¿Qué son?

Los Consejos Distritales son órganos colegiados de carácter temporal que funcionan durante los procesos electorales y cuentan con facultades de decisión dentro de su respectivo ámbito territorial.

¿Cómo se integran?

Cada Consejo Distrital se integra con una persona que preside el Consejo Distrital y seis personas Consejeras Distritales, con derecho a voz y voto.


Una persona representante de cada Partido Político o Coalición y la persona Secretaria del Órgano Desconcentrado de la Dirección Distrital correspondiente, quien fungirá como Secretaria o Secretario del Consejo Distrital, con derecho a voz.


Las candidaturas sin partido registradas podrán designar una representación ante el Consejo Distrital que corresponda, con derecho a voz.


(Artículo 116 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.)



1 persona presidenta

6 personas consejeras distritales

1 persona representante de cada partido político, coalición o de las candidaturas sin partido

1 persona secretaria

¿Qué hacen los Consejos Distritales?

Los Consejos Distritales tienen, dentro del ámbito de su competencia, diversas atribuciones para la organización y desarrollo de los procesos electorales.


Entre sus principales atribuciones se encuentran:


Vigilar la observancia de la normativa aplicable, así como de los acuerdos y resoluciones de las autoridades electorales.

Dar seguimiento a las actividades relacionadas con la jornada electoral, conforme a sus atribuciones.

Recibir los paquetes electorales y la documentación correspondiente.

Efectuar los cómputos distritales y, cuando corresponda, declarar la validez de las elecciones y entregar las constancias respectivas.


(Artículo 126 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México y demás normativa aplicable.)

¿Cuántos habrá?


En la Ciudad de México se instalarán 33 Consejos Distritales, por lo que se seleccionarán 198 personas consejeras distritales propietarias y 198 personas consejeras distritales suplentes y una lista de reserva .

Proceso de selección y designación

El IECM llevará a cabo un proceso público, abierto y transparente para seleccionar y designar a las personas Consejeras Distritales que integrarán los 33 Consejos Distritales durante el Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027.


Acuerdo del Consejo General

Consulta el Acuerdo del Consejo General mediante el cual se aprueba la Convocatoria.

Descargar Acuerdo

Calendario de las etapas del proceso

Etapa Periodo
Del 20 de octubre al 3 de noviembre de 2026.
Segunda: Cotejo documental. Del 22 de octubre al 6 de noviembre de 2026.
Publicación de resultados del registro. 12 de noviembre de 2026.
Tercera: Curso de Inducción al cargo. Del 13 al 20 de noviembre de 2026.
Cuarta: Valoración curricular. Del 13 al 23 de noviembre de 2026.
Publicación de la lista de personas aspirantes que pasarán a la etapa de entrevistas y del calendario de entrevistas. 30 de noviembre de 2026.
Plazo para solicitar la revisión de los resultados de la valoración curricular. 1 y 2 de diciembre de 2026.
Publicación de los resultados de la revisión de la valoración curricular. A más tardar el 7 de diciembre de 2026.
Quinta: Entrevista y resultados finales. A partir del 7 de diciembre de 2026.
Publicación de resultados de la entrevista y finales del proceso de selección. 18 de diciembre de 2026.
Plazo para solicitar la revisión de los resultados de la entrevista o finales. 21 y 22 de diciembre de 2026.
Publicación de los resultados de la revisión de las entrevistas o finales. Antes de las designaciones.
Sexta: Designación de personas ganadoras. A más tardar el 31 de enero de 2027.

Etapas del proceso

Conoce las etapas del proceso de selección y designación de las personas Consejeras Distritales.

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ETAPA 1

Registro de aspirantes

Información de la etapa

FECHA / PERIODO
DOCUMENTOS PARA DESCARGAR