Ciudad de México, 29 de octubre de 2026
Boletín de prensa UTCSyD-343
- La medida se determinó a partir de la valoración del nivel de riesgo y de las circunstancias particulares del caso
- El cuestionario de evaluación de riesgo arrojó un nivel de riesgo bajo, sin que ello excluyera la pertinencia de adoptar una medida de carácter asistencial
La Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) determinó procedente la adopción de una medida de protección en favor de una persona dentro del procedimiento especial sancionador IECM-SCG-PE/050/2026, iniciado por la probable comisión de actos constitutivos de Violencia Política en Razón de Género (VPRG) y/o Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG).
La determinación se tomó a partir de los elementos obtenidos mediante la aplicación del Cuestionario de Evaluación de Riesgo para los casos de VPMRG, así como de las circunstancias particulares del caso.
De acuerdo con el resultado del cuestionario, el nivel de riesgo identificado fue bajo; no obstante, durante la aplicación del instrumento se advirtieron posibles afectaciones a la integridad emocional y psicológica de la parte promovente, por lo que la Comisión consideró necesario valorar la adopción de una medida de protección adecuada y proporcional.
Las medidas de protección tienen naturaleza precautoria y preventiva y están orientadas a salvaguardar la integridad y garantizar el ejercicio de los derechos político-electorales en condiciones libres de violencia.
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