Ciudad de México, 31 de mayo de 2025

Boletín de prensa UTCSyD-195

 

  • En Consejo General del IECM aprobó el acuerdo que establece las acciones que seguirá el Instituto para cumplir con esta función constitucional, que otorga certeza a las personas participantes en la contienda

El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó el procedimiento para la verificación del cumplimiento de los requisitos de elegibilidad de las candidaturas que obtengan el mayor número de votos en la elección del Poder Judicial local, durante la Quinta Sesión Ordinaria del Proceso Electoral Local Extraordinario del Poder Judicial 2024-2025.

En Consejo General Integrado por la presidenta, Patricia Avendaño Durán, las consejeras Erika Estrada Ruiz, María de los Ángeles Gil Sánchez, Maira Melisa Guerra Pulido, Cecilia Hernández Cruz y Sonia Pérez Pérez; así como el consejero Ernesto Ramos Mega aprobaron el acuerdo que establece las acciones que seguirá el Instituto para cumplir con esta función constitucional, que otorga certeza a las personas participantes en la contienda y deja claras las reglas en caso de que alguna candidatura resulte inelegible.

Al respecto la consejera electoral Sonia Pérez Pérez expuso que existen dos momentos para realizar la verificación de los requisitos de elegibilidad dentro de un proceso electoral. El primero lo llevó a cabo el Congreso local durante el registro de las personas candidatas. Y el segundo corresponde al IECM en la etapa previa a la asignación de cargos.

Por lo anterior, el IECM aprobó el acuerdo que establece que, una vez concluidos los cómputos totales, la Secretaría Ejecutiva en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Geoestadística, elaborará el listado de candidaturas que hayan obtenido la mayor votación por cada cargo electivo en los Distritos Judiciales Electorales Locales, así como en la circunscripción correspondiente al Tribunal de Disciplina Judicial de la Ciudad de México.

Posteriormente, la Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas y Fiscalización notificará de manera electrónica a las personas candidatas ganadoras que obtuvieron la mayor cantidad de votos para que, en el plazo máximo de veinticuatro horas, suscriban y remitan a esta autoridad un formato bajo protesta de decir verdad, mediante el cual manifiesten que cumplen los requisitos de elegibilidad para el cargo por el cual contendieron.

Por su parte, la Secretaría Ejecutiva del IECM solicitará a las autoridades jurisdiccionales, administrativas o de procuración de justicia competentes federales o locales, información a efecto de corroborar los datos proporcionados por las candidaturas con mayor votación, incluyendo aquellas que no hayan presentado el formato bajo protesta de decir verdad, a efecto de contar con elementos objetivos para determinar un posible incumplimiento de los requisitos de elegibilidad.

En ese sentido, la consejera electoral Sonia Pérez Pérez indicó que la Constitución establece que se suspenden los derechos político-electorales, entre otros supuestos, cuando se tenga sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales, contra el normal desarrollo psicosexual, por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, por violación a la intimidad sexual, por violencia contra las mujeres en razón de género, y por ser declarada persona deudora alimentaria morosa.

Con base en lo mencionado, si una persona candidata no cumple con los requisitos de elegibilidad, General será notificada a la persona que haya resultado inelegible, anexando los documentos de soporte correspondientes en copia certificada, a efecto de que pueda ejercer su derecho a la defensa mediante los medios de impugnación previstos en la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México.

En caso de que una candidatura sea inelegible de conformidad con lo establecido en ese Procedimiento, no se realizará la asignación del cargo, y dicha situación será notificada al Congreso de la Ciudad de México y al Tribunal Electoral de la Ciudad de México para los efectos que resulten procedentes.

Finalmente, el Consejo General del ICEM emitirá un acuerdo en el que se determinará la entrega de las constancias de mayoría y validez a las personas que cumplan con los requisitos legales y constitucionales, y se declarará la validez de la elección correspondiente en cada caso.