Ciudad de México, 11 de julio de 2025

Boletín de prensa UTCSyD-248

  • La propaganda podrá realizarse en espacios públicos o vía internet.
  • Será factible utilizar materiales impresos siempre y cuando estén elaborados en papel 100% biodegradable.

Desde este viernes 11 y hasta el jueves 31 de julio, las personas proponentes de proyectos de Presupuesto Participativo dictaminados como viables podrán realizar la promoción y difusión de sus propuestas rumbo a la consulta ciudadana que se realizará el próximo mes de agosto.

Durante este periodo, vecinas y vecinos de las 1,781 unidades territoriales y unidades habitacionales de la capital del país, podrán exponer sus proyectos en espacios públicos o vía internet, y explicar los beneficios que traerán a sus comunidades.

Para la promoción de las propuestas, se podrán utilizar materiales impresos siempre y cuando estén elaborados en papel 100% biodegradable y que, al menos, el 50% sea reciclado. El tamaño deberá ser media carta en blanco y negro.

La propaganda deberá estar enfocada a un proyecto en específico y distribuirse dentro del perímetro de la Unidad Territorial para la cual se presentó la propuesta. Entre las limitaciones, la normativa especifica que el material promocional no podrá entregarse en oficinas públicas, templos o locales destinados al culto religioso o relacionados con partidos políticos.

Tampoco podrán utilizarse colores, tipografía, siglas o denominación de agrupaciones o partidos políticos; ni nombres o imágenes con alusiones religiosas o donde se mencionen programas gubernamentales o personas servidoras públicas o que emulen siglas, lemas o frases utilizados por cualquier poder y nivel de gobierno.

Bajo ningún concepto las personas proponentes podrán colocar, fijar, pegar, colgar, o adherir en mobiliario urbano, espacios públicos, accidentes geográficos, equipamiento urbano, árboles o arbustos la propaganda que difundan, ni hacer promoción a las actividades de las Comisiones de Participación Comunitaria (COPACO) o de las personas que las integran.

Asimismo, está estrictamente prohibido utilizar financiamiento que provenga de asociaciones civiles o religiosas ni recursos públicos; otorgar o prometer bienes o regalos de cualquier naturaleza y condicionar la prestación de algún servicio público o la ejecución de un programa de cualquier ámbito de gobierno.

De igual manera, no se puede hacer uso de espacios en radio y televisión; establecer módulos fijos para la distribución de propaganda o utilizar un monto superior a 24 Unidades de Medida y Actualización (UMAS) vigentes.

Los materiales difundidos por medios digitales o electrónicos deberán ser informativos y concentrarse en dar a conocer el proyecto para mejorar el entorno de la Unidad Territorial en donde participen. Asimismo, se tendrán que respetar los derechos de autor y de propiedad intelectual en el uso de imágenes, sonidos, diálogo, videos, música o algún otro elemento.

En ningún caso se podrá usar la imagen ni la voz de personas menores de edad; realizar cualquier expresión que implique incitaciones a la violencia; calumnia o difamación en contra de las otras personas proponentes ni denigrar u ofender a alguien o descalificar los proyectos propuestos.

Los contenidos de los materiales promocionales deberán incluir el número de proyecto y la Unidad Territorial en la que participan, así como la demarcación Territorial, con la finalidad de distinguir el proyecto participante y solo podrá ser difundido durante el periodo establecido para ello. Una vez cumplido el plazo previsto para la difusión, la persona promovente deberá retirar la propaganda publicada por medios digitales o electrónicos.

La fecha límite de difusión de los proyectos es el 31 de julio, por lo que cualquier acto fuera de ese periodo, podrá ser sancionado con la cancelación del registro.