Ciudad de México, 20 de junio de 2026
Boletín de prensa UTCSyD-205

  • Advierte Comisión de Quejas indicios suficientes para profundizar en el análisis de los hechos denunciados.
  • Los expedientes involucran posibles actos de promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y violencia política contra las mujeres en razón de género.

 

La Comisión Permanente de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó el inicio de tres procedimientos especiales sancionadores por posibles infracciones relacionadas con promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y violencia política contra las mujeres en razón de género.

Durante su Vigésima Sexta Sesión Urgente, la Comisión analizó diversos expedientes y determinó que, en tres casos específicos, existían indicios suficientes para iniciar procedimientos administrativos sancionadores. Las investigaciones buscarán recabar mayores elementos que permitan determinar la existencia o no de conductas contrarias a la legislación electoral vigente.

Uno de los asuntos aprobados corresponde a una queja presentada por la presunta comisión de promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y vulneración a los principios de legalidad, imparcialidad y equidad. La denuncia se relaciona con la colocación de una lona en un espacio deportivo.

La Comisión advirtió, de manera preliminar, elementos que justifican profundizar en el análisis de la propaganda denunciada, a fin de determinar si su contenido se ajusta a los límites constitucionales y legales aplicables. Por ello, se determinó iniciar el procedimiento correspondiente para realizar una investigación exhaustiva sobre los hechos denunciados y su posible impacto en el ámbito electoral.

Otro de los expedientes se originó por una denuncia presentada por presuntas irregularidades vinculadas con propaganda relacionada con un informe de labores. La queja destaca la existencia de diversos materiales de difusión colocados en espacios públicos.

Como resultado de las diligencias realizadas, la autoridad electoral localizó una pinta de barda alusiva a un informe de labores. Aunque se determinó desechar algunas conductas denunciadas originalmente por falta de elementos suficientes, se identificaron indicios que justifican el inicio oficioso de un procedimiento especial sancionador por posibles irregularidades en la difusión de dicha propaganda.

La Comisión advirtió elementos preliminares que ameritan analizar si la permanencia de la propaganda se ajustó a los plazos legales previstos para la difusión de informes de labores. Asimismo, estimó necesario analizar si la difusión denunciada pudiera actualizar posibles conductas relacionadas con promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, por lo que se ordenó continuar con la investigación correspondiente.

El tercer procedimiento aprobado deriva de una escisión ordenada por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) respecto de hechos atribuidos a integrantes de una autoridad tradicional de un pueblo originario. La persona promovente denunció conductas que presuntamente afectan el ejercicio de sus funciones y sus derechos político-electorales como mujer integrante de dicha autoridad.

Tras el análisis preliminar de los hechos denunciados y de las pruebas aportadas, la Comisión advirtió elementos indiciarios suficientes para iniciar un procedimiento especial sancionador por posibles actos de violencia política contra las mujeres en razón de género. Adicionalmente, se reservó el pronunciamiento sobre medidas de protección solicitadas, toda vez que se encuentra pendiente el desahogo del requerimiento formulado a la promovente para que manifieste su consentimiento respecto de la aplicación del cuestionario de evaluación de riesgo correspondiente.

En la misma sesión, la Comisión aprobó el desechamiento de cuatro quejas relacionadas con presunto uso indebido de recursos públicos, actos anticipados de campaña, promoción personalizada y violencia política contra las mujeres en razón de género, al no contar con elementos indiciarios suficientes para continuar las investigaciones o por incumplimiento de requisitos procesales necesarios para su tramitación.

Asimismo, la Comisión analizó un escrito presentado dentro de un procedimiento especial sancionador en curso relacionado con posibles actos de violencia política por razón de género y/o violencia política contra las mujeres en razón de género. Respecto del posible incumplimiento de medidas cautelares previamente dictadas, reservó su pronunciamiento para el momento procesal oportuno, al encontrarse pendiente la verificación de su cumplimiento.

En el mismo asunto, la Comisión determinó ampliar la materia del procedimiento, al advertir preliminarmente que los nuevos hechos denunciados guardan relación con los que actualmente son objeto de investigación. Asimismo, aprobó medidas cautelares respecto de una publicación difundida en redes sociales, a fin de preservar los derechos de la persona promovente mientras se desarrolla la investigación correspondiente.