Ciudad de México, 9 de septiembre de 2026

Boletín de prensa UTCSyD-288

 

  • Una dará seguimiento al proceso de selección y designación de las personas que integrarán estos órganos colegiados; la otra instruirá procedimientos por presuntas irregularidades de sus integrantes durante el Proceso Electoral

El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó la creación de dos Comisiones Provisionales que contribuirán a la adecuada preparación, organización y desarrollo del Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027 (PELO 2026-207); la primera comisión vigilará la oportuna integración de los Consejos Distritales, mientras que la segunda tendrá la tarea de instruir los procedimientos correspondientes ante presuntas irregularidades de sus integrantes durante el Proceso Electoral.

La Comisión Provisional que vigilará la oportuna conformación de los Consejos Distritales será presidida por la consejera electoral Erika Estrada Ruiz e integrada por las consejeras electorales María de los Ángeles Gil Sánchez y Maira Melisa Guerra Pulido. Tendrá entre sus principales funciones dar seguimiento a las actividades necesarias para la conformación de los 33 Consejos Distritales, así como al proceso de selección y designación de las personas Consejeras Distritales. Asimismo, dará seguimiento a nombramientos, capacitación, sustituciones o vacantes y a la oportuna instalación de estos órganos.

Por su parte, la Comisión Provisional encargada  de instruir los procedimientos por presuntas irregularidades de las personas Consejeras Distritales estará presidida por el consejero electoral Ernesto Ramos Mega e integrada por las consejeras electorales Sonia Pérez Pérez y Cecilia Aída Hernández Cruz. Su objetivo será garantizar la correcta sustanciación e instrucción de procedimientos instaurados por presuntas irregularidades, faltas u omisiones atribuibles a las personas Consejeras Electorales Distritales propietarias y suplentes de los 33 distritos, con apego al debido proceso, la legalidad y la certeza jurídica.

Entre sus atribuciones se encuentran recibir y radicar quejas o denuncias, sustanciar procedimientos para la imposición de sanciones, solicitar y desahogar pruebas, y elaborar los proyectos de resolución en materia de responsabilidades y, en su caso, la propuesta de sanción correspondiente en aquellos casos en los que se acredite alguna responsabilidad, para someterla a consideración del Consejo General.

La Comisión encargada de vigilar la conformación de los Consejos Distritales deberá instalarse, a más tardar, en la primera quincena de octubre de 2026, mientras que la relativa a la instrucción de procedimientos por presuntas irregularidades deberá hacerlo dentro de los 30 días siguientes al inicio formal del Proceso Electoral.

Ambas comisiones concluirán sus actividades al finalizar oficialmente el PELO 2026-2027, siempre y cuando se hayan resuelto todos los asuntos pendientes. En ningún caso su vigencia podrá exceder el periodo de un año contado a partir de su creación y rendirán un informe final de su gestión.