NMX-R-025-SCFI-2015
Las personas Ombudsperson brindarán información pertinente, completa, clara y precisa, con la finalidad de que la persona agraviada esté en aptitud de tomar una decisión informada, respecto de las vías con que cuenta para la atención del caso; por lo que, su función de acompañamiento no corresponderá a la de representante de la persona denunciante o agraviada ante el o los procedimientos promovidos por éstos.
Tienen las siguientes obligaciones que, de manera enunciativa, más no limitativa, se enlistan a continuación (artículo 259 del Reglamento en materia de Relaciones Laborales del IECM):
- Informar a la persona denunciante o agraviada, sobre las vías con que cuenta para la atención de los hechos ocurridos, relacionados con la comisión de conductas que probablemente constituyan VLHALS;
- Indicar a la persona denunciante o agraviada que su función no corresponde a la de un abogado o representante legal;
- Ofrecer el acompañamiento, asistencia y/o apoyo a la persona agraviada durante la tramitación, en su caso, del Procedimiento Laboral Sancionador;
- Guardar total discreción y secrecía de la información proporcionada por la persona denunciante o agraviada que solicita el apoyo;
- Recopilar e integrar el informe cuantitativo que deberá entregar ante el Comité Seguimiento, en la temporalidad que dicho Comité indique;
- Participar en los procesos de sensibilización, capacitación y especialización que se promuevan en el Instituto Electoral;
- Abstenerse de registrar en los informes que produzca, datos personales o hechos específicos de los que tenga conocimiento;
- Abstenerse de difundir información personal o confidencial de las personas atendidas; y
- Dar seguimiento al asunto puesto a su conocimiento, durante la sustanciación del Procedimiento Laboral Sancionador e, incluso, en su caso, hasta la emisión del fallo que resuelva la impugnación.
Normas:
Instrumentos que promueven prácticas de igualdad laboral y no discriminación en el IECM:
- Caja de herramientas para incorporar las perspectivas de género y de derechos humanos en el IECM.
- Manual para el uso incluyente, no sexista y no discriminatorio del lenguaje en el IECM, abril 2020
- Protocolo para la atención de casos de violencia laboral, hostigamiento y/o acoso sexual en el IECM
- Política de Igualdad del IECM
- Código de Conducta del IECM
- Lineamientos básicos para organizar eventos accesibles en el IECM
- Código de ética del IECM
Buenas prácticas del IECM:
- Comité sobre casos de violencia laboral, hostigamiento y/o acoso sexual en el IECM
- Ombudsperson o Personas Consejeras del IECM
- Lactario del IECM
- Materiales electorales del IECM
- Grupo de Vigilancia del Desarrollo e Implementación de Prácticas de Igualdad Laboral y No Discriminación del IECM
