Ciudad de México, 20 de septiembre de 2026
Boletín de prensa UTCSyD-299
- Las personas interesadas podrán contender por Diputaciones de mayoría relativa, incluida la Diputación Migrante, así como por Alcaldías y Concejalías.
- Deberán recabar al menos 1% de apoyo de la ciudadanía y cumplir con una dispersión de 35% de las secciones o circunscripciones, según el cargo
De cara al Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027, el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó los Lineamientos y la Convocatoria para el registro de candidaturas sin partido a los cargos de Diputaciones al Congreso, titularidades de Alcaldías y Concejalías.
Los Lineamientos establecen que ninguna persona podrá registrarse como aspirante a una candidatura sin partido si participa simultáneamente en un proceso de selección de candidaturas de un partido político, pretenda postularse a una Diputación por representación proporcional, haya ocupado un cargo de dirección partidista y no haya renunciado al menos un año antes de solicitar su registro, o haya sido militante o afiliada a un partido político sin que se hubiera dado de baja al menos un día antes de presentar su solicitud.
La ciudadanía interesada deberá presentar su solicitud para obtener la calidad de aspirante a una candidatura sin partido a través del Sistema de Registro de Candidaturas (SIREC), a partir del día siguiente de la emisión de la Convocatoria y hasta el 5 de diciembre de 2026. El Consejo General determinará la procedencia de las solicitudes, a más tardar, el 14 de diciembre de 2026.
Entre los requisitos para participar se encuentran: contar con credencial para votar vigente, acta de nacimiento, acreditar la residencia correspondiente y presentar su solicitud de registro en el Sistema Nacional de Registro de Precandidatos y Candidatos (SNR), además de constituir una Asociación Civil para el manejo de los recursos de la candidatura.
Para el caso de candidaturas a Diputaciones por el principio de mayoría relativa, incluida la Diputación migrante, la solicitud deberá integrarse con la fórmula compuesta por una persona propietaria y una persona suplente del mismo género; o bien, si la persona propietaria es hombre o no binaria, la persona suplente podrá ser hombre, mujer o no binaria.
De ser aprobado su registro como personas aspirantes a una candidatura sin partido, contarán con 60 días naturales, del 15 de diciembre de 2026 al 12 de febrero de 2027, para recabar las firmas de apoyo de la ciudadanía. Deberán obtener al menos el 1% de la Lista Nominal correspondiente, distribuido en 35% de las secciones electorales para Diputaciones de mayoría relativa o en 35% de las circunscripciones para Alcaldías y Concejalías. En el caso de la Diputación Migrante no será exigible el requisito de dispersión.
La recolección de apoyos se realizará mediante la herramienta tecnológica “Apoyo Ciudadano-INE”, cuyo uso será obligatorio. Durante esta etapa, las personas aspirantes podrán realizar actos para recabar respaldo ciudadano, siempre que no constituyan actos anticipados de campaña.
Asimismo, a más tardar una semana antes del registro de candidatura, esto es, a más tardar el 1° de marzo de 2027, el Consejo General emitirá el dictamen en el que se determinará si la persona aspirante cumplió con el porcentaje de firmas de apoyo, así como de la distribución correspondiente requerida, según la elección de que se trate, de acuerdo con los resultados obtenidos en la cuantificación, verificación y validación realizada por el INE.
Para continuar con el procedimiento, deberán presentar su plataforma electoral del 17 de febrero al 3 de marzo de 2027. El plazo para solicitar el registro de las candidaturas será del 8 al 15 de marzo de 2027, y el Consejo General celebrará, a más tardar el 3 de abril, la sesión para registrar las candidaturas que procedan.
La convocatoria puede consultarse en www.iecm.mx
