Ciudad de México, 19 de marzo de 2026
Boletín de prensa UTCSyD-088
- La Comisión inició un procedimiento especial sancionador, al advertir indicios de expresiones que podrían reproducir estereotipos de género y micromachismos.
- El Instituto concedió parcialmente medidas cautelares y ordenó a las personas denunciadas abstenerse de realizar conductas que afecten la dignidad o integridad de la denunciante.
El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), a través de su Comisión de Quejas, analizó y aprobó la ampliación de una queja previamente presentada en contra de un ciudadano y un medio digital, por posibles conductas de Violencia Política en Razón de Género.
La persona promovente presentó un escrito de ampliación en el que señaló nuevas publicaciones en redes sociales y un portal digital, que —a su consideración— actualiza y profundiza la violencia política de género ejercida en su contra. Tras un análisis preliminar, la Comisión determinó ampliar la materia del procedimiento especial sancionador para incluir estos hechos.
Al respecto, se consideró improcedente el dictado de medidas cautelares respecto de estas publicaciones específicas, al estimar que, en apariencia, podrían constituir expresiones dentro del debate político y, por otro lado, se aprobó la implementación de tutela preventiva a fin de ordenar a las personas denunciadas abstenerse de realizar conductas que afecten la dignidad o integridad de la denunciante.
En una segunda queja, presentada por la misma denunciante, la Comisión determinó el inicio de un nuevo procedimiento especial sancionador. Asimismo, se aprobó acumular este expediente al diverso iniciado el pasado doce de marzo toda vez que se trata de hechos que de forma preliminar pudieran guardar relación y continuidad con los primigeniamente denunciados, así como identidad de la promovente, los probables responsables y las infracciones aducidas.
En este caso, se otorgaron parcialmente las medidas cautelares y se consideró procedente la tutela preventiva.
En cuanto a medidas de protección, se determinó que, por el momento, no existen elementos suficientes para otorgarlas; sin embargo, se ordenó solicitar a la promovente su consentimiento para aplicar un cuestionario de evaluación de riesgo que permita valorar su eventual implementación.
Finalmente, se informó sobre las diligencias realizadas para la notificación de las personas denunciadas, incluyendo la solicitud de información al Instituto Nacional Electoral (INE) y el uso de canales institucionales digitales, como medida alternativa para garantizar el conocimiento de las resoluciones en casos de violencia política de género.
